FUNCIONES DE ESTE CONSULADO GENERAL
Es competencia del Consulado:
- Prestar asistencia consular a los argentinos que se encuentran en su jurisdicción (Estado de Maharashtra)
- Otorgar pasaportes, tramitar actuaciones notariales (poderes) y legalizar documentación.
- Expedir venias de viaje a menores, con el consentimiento de sus padres.
- Realizar la opción de nacionalidad de hijos de argentinos nativos nacidos en la jurisdicción consular.
- Tramitar documentación de identidad argentina (actualizaciones DNI, cambios de domicilio, etc.).
- Orientar a los connacionales en materia de asistencia jurídica y notarial. El Consulado no provee ni recomienda abogados locales.
- Asistir a personas accidentadas o con problemas graves de salud. En ningún caso esta asistencia implica desembolso económico por parte del Cónsul o de la Cancillería Argentina.
- Informar a parientes o personas allegadas sobre accidentes o fallecimientos y catástrofes.
- Interesarse por los connacionales detenidos.
- Asegurar la legítima defensa en juicio de los ciudadanos argentinos, interiorizándose por su situación procesal, su estado de salud y procurar el mantenimiento de condiciones dignas de higiene y habitación, en el caso de los detenidos.
- Atender los intereses de los connacionales en cuestiones de sucesión por causa de muerte.
- Velar por los intereses de niños, niñas y adolescentes argentinos en situaciones de vulnerabilidad en el exterior.
- A solicitud de autoridades judiciales argentinas o de familiares directos, averiguar el paradero de personas a través de las autoridades locales.
- Permitir la utilización de la dirección postal de la oficina consular para la recepción de correspondencia privada.
NO es competencia del Consulado:
- Ser parte en procesos judiciales o asumir los gastos relativos a procesos judiciales que involucren a ciudadanos argentinos en causas civiles, comerciales, penales, laborales, etc.
- Interceder a su favor en caso de que quebrante o no respete las leyes locales (que, según los países, pueden diferir sustancialmente de la legislación argentina).
- Procurarle un tratamiento diferenciado del que se brinda a los nacionales del país en hospitales o prisiones.
- Realizar tareas que corresponden a agencias de viaje, aerolíneas, bancos, estudios jurídicos, empresas de mudanzas, servicios de correos, etc.
- Proporcionarle pasajes o medios para regresar a la República o continuar viaje a otro punto, excepto en circunstancias muy especiales de indigencia probada o extrema vulnerabilidad, que ameriten la evaluación de la repatriación, bajo el estricto cumplimiento de ciertos requisitos.
- Proporcionarle dinero o hacerse cargo del pago de sus cuentas (facturas por alimentos, de transporte, hoteleras, legales, médicas o de cualquier otro tipo).
- Gestionar ante las autoridades locales permisos de residencia, trabajo, visados para argentinos, etc. El Consulado argentino no gestiona extensión de visados ni cambios de categoría ante las autoridades migratorias indias, ni interviene en ese trámite.
- Constituirse en garante o fiador.
- Abonar costos de repatrios de cenizas o restos mortales de ciudadanos argentinos fallecidos en el exterior, correspondiendo a los seguros contratados o a los familiares asumirlos.